Coronela del Canódromo no quiere sanciones
Boicotea proceso disciplinario PN

Continúa la protección contra los agresores del Defensor del Pueblo, Pablo Ulloa y periodistas por agentes policiales de servicio en el Canódromo, encabezados por una Coronela que al parecer tiene buenos resortes tanto en la uniformada como en la DIGESETT.
La oficial Ysabelita de los Santos Pérez, a pesar de la gravedad de los hechos protagonizados, todavía no ha recibido una sanción que envíe una señal que evite que se repitan esos excesos cometidos.

Ante la protección no disimulada, la coronel de los Santos Pérez ha boicoteado a través de sus abogados el juicio disciplinario con el que se ha estado “mareando” hasta sacar el tema de los faroles de la opinión pública.
La oficial ha elevado una instancia en la que pide declarar la incompetencia del Consejo Disciplinario del cuerpo policial para conocer y decidir sobre el pedido de imposición de sanción disciplinaria en su contra.
Según su abogado, debido a que, según la Ley 19-01 del Defensor del Pueblo, lo que correspondía en el caso era apoderar a la fiscalía después de dar cumplimiento a los dictámenes de esa ley, para que Santos Pérez fuera juzgada conforme a los dictados del artículo 234 del Código Penal.
Por esa razón, entiende el jurista, debe declararse “inadmisible” la investigación y solicitud de sanción contra la coronela, debido a que no se conocen las quejas supuestamente hechas por ciudadanos ante el Defensor del Pueblo, sobre supuestos cobros de peajes, chantajes y extorsión en el canódromo.
La intención de la oficial es de que no se le imponga ninguna sanción por la agresión contra el Defensor del Pueblo y la destrucción de equipos a reporteros gráficos que acudieron al Canódromo hace dos meses, con el agravante de que el material gráfico fue manipulado, por lo que no se ha identificado a ningún responsable.
Sostienen que no se conoce si el Defensor del Pueblo, Pablo Ulloa comunicó la admisión de las supuestas quejas a los superiores inmediatos otorgándoles el plazo de ley para que tomen las medidas correctivas de lugar y que al no tenerse la información de los numerales 1 y 2 es lógico que el Defensor del Pueblo no tenía competencia para inspeccionar las instalaciones y facilidades del canódromo.