Aumentan a 10 mil pesos salario mínimo domésticas
En una resolución que ha provocado controversia y que podría afectar la estabilidad laboral de miles de mujeres, el Ministerio de Trabajo estableció un salario mínimo de diez mil pesos para las trabajadoras domésticas.
El documento oficial señala además que no puede reducirse el sueldo de aquellas trabajadoras que ganen más de la tarifa establecida, esto de conformidad a las previsiones del artículo 217 del Código de Trabajo.
La resolución, dada el pasado 24 de agosto y difundida luego del acto de presentación de formalización del trabajo doméstico en San Francisco de Macorís, no entrará en vigencia hasta tanto no se cumplan tres meses de su publicación en un periódico de circulación nacional.
Esta medida es adoptada luego de que los representantes de los empleadores y trabajadores del sector del trabajo doméstico llegaran a un acuerdo tripartito definitivo sobre la tarifa, durante una sesión celebrada por el Comité Nacional de Salarios el pasado 24 de agosto.
El Gobierno dispuso los mecanismos para formalizar a los y las trabajadoras domésticas con resoluciones donde se establecen una jornada laboral de 8 horas diarias, 44 a la semana, y salarios que no puede ser inferiores a los diez mil pesos mensuales
El presidente Luis Abinader encabezó, en San Francisco de Macorís, el acto de presentación de formalización del trabajo doméstico.
La resolución número 14-2022 sobre la adaptación y armonización de medidas atenientes al mejoramiento del cumplimiento del convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), indica que ambas partes determinarán las horas en las que las trabajadoras domésticas presentaran sus servicios, quedando estipulado de manera clara en el contrato de trabajo, incluido los descansos dentro de la jornada que preste el trabajador en un mismo día.
Los trabajadores y trabajadoras deberán tener un descanso de 36 horas a la semana, de acuerdo con los términos del contrato.
El salario de los trabajadores domésticos sea preferiblemente pagado en efectivo, en la fecha acordada por las partes, en periodos que nunca serán mayor a un mes de labores. El pago podrá efectuarse a través de cualquier medio legal, siempre y cuando sea con el consentimiento del trabajador.
El trabajador y trabajadora doméstica gozará el derecho a un salario de Navidad, a más tardar el 20 de diciembre de cada año.