Consejo Magistratura aborda hoy reglamento designar nuevo Procurador

El Consejo Nacional de la Magistratura se reunirá este viernes para abordar las observaciones a las modificaciones al reglamento para escoger al nuevo titular del Ministerio Público.
Es un proceso que se ha hecho prácticamente a espaldas de la población, al que el gobierno no le ha interesado que se involucre mucha gente, por lo que una gran mayoría ignora de lo que se trata.
El encuentro está pautado para las cinco de la tarde de este viernes en el Palacio Nacional.
Es la tercera reunión desde que se iniciaron los aprestos para elegir al próximo procurador general de la República a través del Consejo de la Magistratura.
A mediados del pasado mes de enero, el Consejo aprobó los cambios propuestos al reglamento que rige a ese órgano para adecuarlo a la Ley 1-25 que modificó la 138-11 (Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura), para poder escoger al procurador general de la República a través de ese organismo, tal como manda la Constitución promulgada el 27 de octubre de 2024. Desde el día de su aprobación, el reglamento fue publicado para las recomendaciones.
De acuerdo con el cronograma que se ha establecido, una vez se conozcan las observaciones al reglamento, el Consejo Nacional de la Magistratura convocará a otra reunión a la cual el presidente Luis Abinader llevará su candidato a procurador y la mitad de sus adjuntos para que los miembros del organismo deliberen y voten.
Se tiene previsto que entre los días 19 o 20 de este mes el país conozca al nuevo titular del Ministerio Público, escogido por primera vez a través del CNM y que será inamovible junto a la mitad de sus adjuntos durante dos años.
El CNM está compuesto además del presidente Luis Abinader, por los presidentes de la Suprema Corte de Justicia, Luis Henry Molina; del Tribunal Constitucional, Napoleón Estévez Lavandier; del Senado, Ricardo De Los Santos; de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, además del senador Omar Fernández y el diputado Tobías Crespo.
Según el reglamento que fue aprobado y sometido a consulta, para el proceso de escogencia del procurador y sus adjuntos, las decisiones del Consejo Nacional de la Magistratura serán válidas con el voto favorable de al menos 5 de los miembros presentes en la reunión. Por excepción, en caso de empate tras la votación de la totalidad de los miembros, decidirá el voto calificado del presidente.
De acuerdo con el artículo 46 del proyecto de reglamento, el presidente de la República es quien presenta la propuesta de cualquier persona que reúna las condiciones señaladas en la Constitución de la República y las respectivas leyes orgánicas para ocupar el puesto de procurador general de la República o procurador adjunto.
El párrafo I del artículo 46 indica que el presidente de la República propondrá una sola persona por cada una de las vacantes a ocupar y acompañará su expediente del formulario estandarizado y aprobado por el Consejo Nacional de la Magistratura para las candidaturas a procurador general de la República y procuradores adjuntos.
En caso de que el órgano decida no designar a alguna de las personas propuestas por el presidente de la República y, por ende, quede vacante el cargo correspondiente, el proceso establecido en el reglamento deberá realizarse nuevamente, cuantas veces sea necesario.
Los artículos 52 y 53 del reglamento son los que establecen que el procurador general de la República y la mitad de sus procuradores adjuntos ejercen esas funciones por un período de 2 años, con carácter de inamovilidad, al término del cual, y bajo las mismas reglas de su designación, podrán ser confirmados en el mismo cargo.
Dentro de los 5 días de la designación, el Consejo Nacional de la Magistratura convocará por vía de la secretaría a fin de que las personas designadas como procurador general de la República y procuradores adjuntos presten el juramento constitucional.