El COD sumergido en crisis suspende federados de Tiro

El Comité Olímpico Dominicano (COD) acaba de barrer con una sanción de veinte años al presidente  de la Fedeación Dominicana de Tiro, Manuel de Jésus Figuereo Féliz y el comité ejecutivo de la entidad.

Los directivos de Tiro fueron excluidos en lugar de desafiliar a la federación como se propuso al principio de la asamblea.

Figuereo Féliz suspendido por veinte años por el Comité Olímpico Dominicano por embargarle las cuentas.

Fue la respuesta también a la oposición que mantiene la Federación a la entrega y desembolsos de fondos y valores del COD.

Este recurso fue presentado mediante notificación al COD el pasado 6 de octubre.

La Asamblea Extraordinaria presentó cuatro puntos: 1. comprobación de quórum; ratificación de convocatoria a la Asamblea Extraordinaria; situación económica de la delegación dominicana a los Juegos Panamericanos, Santiago de Chile 2023, ante el embargo de sus cuentas bancarias y el cuarto, la desafiliación de Fedoti.

Un quinto punto de agenda se aprobó, por pedimento de la Asamblea que buscaba la suspensión del Comité Ejecutivo por 20 años. En el salón corrió el tema de suspensión de por vida, pero fue declinada por considerarse inconstitucional.

Las federaciones de Atletismo y Boxeo no asistieron a la Asamblea y los miembros del comité ejecutivo del COD, Francis Soto (primer vocal), José Miguel Robiou (cotesorero)

y Juan Núñez (tercer vocal) fueron los tres ausentes del encuentro, que comenzó más allá de las 10 como estaba programado y que perdió en el orden en más de una ocasión. El miembro COI, Luisín Mejía y el presidente advitam, José Joaquín Puello tampoco dijeron presentes.

Las federaciones que apoyaron la desafiliación fueron las de Arquería; Ecuestre; Tiro al plato y Raquetbol. Por el comité ejecutivo del COD, su presidente, Garibaldy Bautista, los miembros, José Manuel Ramos (primer vicepresidente); Irina Pérez (segunda vicepresidente); Luis Chanlatte (secretario general); Jorge Blas y José Mera.

Bautista y Chanlatte defendieron que los estatutos del COD también hablan de “expulsión definitiva” y lo dice así el Capítulo II del Reglamento Disciplinario, en el tema “de las infracciones deportivas y sus sanciones”, en su “Artículo 13, letra c”.

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