La estrepitosa caída del expediente Odebrecht en RD
Ministerio Público queda muy mal parado
Por Jeannette Kranwinkel.
Uno de los más mediáticos expedientes con altos ingredientes de la política en el país, el Caso Odebretch, ha terminado de naufragar por una sentencia en Casación evacuada por la Suprema Corte de Justicia.
El proceso ha terminado igual que en otros países, donde se involucraron a importantes figuras políticas y empresariales, en lo que para algunos fue una trama auspiciada por intereses contrarios al emporio brasileño de las construcciones que había desplazado a las compañías norteamericanas en la región.
Los expedientes fueron elaborados, casi en todos los países, con pruebas aportadas por instancias judiciales de Estados Unidos.
Este fin de semana se informó que la Suprema Corte de Justicia acogió un recurso de casación a favor del exministro de Obras Públicas Víctor Díaz Rúa y el empresario Ángel Rondón, absolviéndolos de las acusaciones por el caso Odebrecht.
Ambos fueron condenados a cinco y ocho años de prisión, respectivamente, el 14 de octubre de 2021.
Díaz Rúa y Rondón eran las únicas personas condenadas en República Dominicana por el que se calificó en su momento como “el más grande” caso de corrupcción administrativa que salpicó a Latinoamérica, donde la constructora brasileña admitió que pagó más de 92 millones de dólares a funcionarios dominicanos para agraciarse con obras del Estado.
Este viernes la alta corte determinó que el Ministerio Público no aportó las pruebas suficientes que demostrara su acusación en contra de los únicos condenados. La corte, integrada por los magistrados Francisco Antonio Jerez Mena, Nancy Salcedo Fernández, Fran Euclides Soto Sánchez y María Garabito Ramírez, señaló que el Ministerio Público no probó el destino de los fondos pagados por el supuesto soborno, valorando la tesis de Rondón, que había sido condenado a ocho años de prisión y que “para haber sobornos deben existir sobornados”.
“El destino de los fondos resulta desconocido, incierto, pues no pudo establecerse cuáles funcionarios presuntamente recibieron la oferta u obtuvieron los valores que, según consta en las premisas probadas en el juicio, fueron recibidas por el imputado Ángel Rondón Rijo”, expresa el fallo absolutorio.
Los jueces señalaron que no quedó probada la acusación de enriquecimiento ilícito y lavado de activos, cargos por los que fue condenado a cinco años de prisión el exministro de Obras Públicas.
En tal sentido, la Suprema Corte ordenó el cese de toda medida de coerción impuesta en contra de Rondón y Díaz Rúa, así como la devolución de los bienes decomisados que figuran en el ordinal décimo tercero de la sentencia de primer grado.
Esta corte también había sido apoderada de un recurso de casación incoado por el Ministerio Público en contra de la sentencia que absolvió al abogado Conrado Pittaluga. El órgano de persecución solicitaba que el abogado fuera condenado a siete años por enriquecimiento ilícito, sin embargo, los jueces indicaron que los fiscales no presentaron ninguna prueba capaz de demostrar que el proceso siga una suerte distinta y ratificaron la absolución de Pittaluga.
La sentencia de primer grado que absolvió a Pittaluga estableció que ”la acusación no demostró que respecto del imputado como abogado consultor por parte de la Constructora Norberto Odebrecht, S. A, se produjeran pagos directos, transacciones, simulaciones o cualquier otra actividad comercial que hiciera presumir pagos de sobornos al imputado Víctor Díaz Rúa ni a ningún otro funcionario; por el contrario”.
Con esta decisión este proceso judicial alcanza la cosa irrevocablemente juzgada y el caso de corrupción Odebrecht se queda sin condenados en República Dominicana.