La integridad pública en el país por el suelo según análisis de la OCDE

La República Dominicana no sale bien parada de las evaluaciones que hace la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), con la que el presidente Luis Abinader acaba de firmar un acuerdo en París para fomentar la cooperación, impulsar el intercambio de buenas prácticas y fortalecer políticas públicas.

El mandatario, en su visita esta semana a Francia, firmó un memorandun de entendimiento con Mathias Cormann, secretario general de la OCDE, en el marco del Foro de Integridad Anticorrupción.

Sin embargo, para la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), República Dominicana exhibe serias debilidades en la integridad de la fiscalía, el financiamiento público a los partidos, el sistema disciplinario para los servidores públicos y otras variables en las que el país ni siquiera cuenta con normativas establecidas.

Ayer, la entidad publicó su análisis Perspectivas de anticorrupción e integridad 2026, donde retrata el desempeño desigual del país en ocho áreas evaluadas, en términos de integridad pública.

El factor común en muchas de las áreas que exhibieron una pobre implementación de criterios prácticos es la falta de ejecución o de sanciones para las situaciones que regulan las diversas normativas.

A su vez, el informe señala que una de las grandes fortalezas del país es su cumplimiento en la política de acceso a la información y en la integridad judicial, aunque con desafíos en áreas como las consecuencias por incumplimiento de las leyes y los conflictos de intereses.

De acuerdo con los datos, República Dominicana se encuentra entre los 21 países con mayor desarrollo normativo en materia de financiamiento político, alcanzando hasta un 90 % de los criterios analizados. Sin embargo, el cumplimiento práctico apenas llega al 14 %, una cifra muy por debajo del promedio de los países miembros de la organización, que fue de 58 %.

El documento establece que, en la práctica, no todos los partidos políticos han cumplido con su obligación de presentar sus cuentas anuales durante los últimos cinco años, y la información sobre las finanzas relacionadas con las elecciones no se pone a disposición del público.

«Aunque el marco legal exige la presentación de informes detallados sobre el financiamiento de las campañas y la identificación de los donantes, incluidas las contribuciones en línea, estos informes financieros no se han publicado en línea», establece el informe.

Otra de las debilidades más señaladas es la integridad de la fiscalía. El análisis indica que la República Dominicana cumple el 21 % de los criterios normativos en esta área y apenas el 5 % de los criterios prácticos, frente al promedio de la OCDE, que es del 66 % y del 52 %, respectivamente.

Sobre la composición del Ministerio Público, la organización apunta que, a pesar de que el cargo de fiscal está supeditado a la superación de un examen y a la conclusión de un programa formativo, las leyes no establecen procedimientos basados en méritos para los ascensos.

En cuanto al sistema disciplinario para los funcionarios públicos, el país cumple el 42 % de los criterios normativos, pero registra un 0 % en los prácticos, muy por debajo del promedio de la OCDE, de 66 % y 22 %, respectivamente.

El informe señala que ningún organismo del gobierno central ha publicado directrices sobre procedimientos disciplinarios, que no existe capacitación para el personal encargado de conducir investigaciones de esta naturaleza y que tampoco se utiliza un sistema electrónico de gestión de casos. Adicionalmente, documentó que la Ley 41-08 de Función Pública no contempla garantías procesales fundamentales como la presunción de inocencia, el derecho a ser oído ni el derecho a la asistencia letrada dentro de los procedimientos disciplinarios.

Hay dos aspectos en los que República Dominicana obtiene las calificaciones más bajas de todas las áreas consideradas: el cabildeo y un marco estratégico de integridad pública, con un 0 % de calificación tanto en el marco legal como en la aplicación de las normas.

El país carece por completo de leyes que regulen las actividades de cabildeo, no establece períodos de enfriamiento para funcionarios públicos ni para cabilderos y no dispone de un registro de beneficiarios finales que obligue a la divulgación pública de los titulares de sociedades.

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