La ley que parece se le olvidó al presidente Abinader

La declaración del presidente Luis Abinader en la que resalta, a raiz de la tragedia de Jet Set, que no hay mecanismos para desde el gobierno fiscalizar las construcciones privadas, revela un desconocimiento desde el propio gobierno sobre leyes que se han impulsado y normativas que se pretenden obviar en medio de esta desgracia.

Fue el propio presidente Abinader quien impulsó la aprobación de la Ley 160-21 para crear el Ministerio de la Vivienda y Edificaciones  transferirle el rol de «emitir las licencias para la construcción de edificaciones públicas y privadas» y «supervisar los trabajos de construcción de viviendas y edificaciones».

La función de supervisar las obras públicas y privadas en ejecución para verificar su seguridad estuvo a cargo del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) desde su creación, en el año 1934, hasta que pasó al Ministerio de la Vivienda y Edificaciones (MIVED) en el año 2021.

Los cuerpos de bomberos y los ayuntamientos también desempeñan roles en momentos específicos del desarrollo de proyectos.

El MOPC estaba facultada por la Ley 687, de 1982, a ordenar la clausura total o parcial de proyectos que estuvieran en ejecución o ya terminados que, «por dárseles un uso diferente al autorizado, perjudique la seguridad o el ornato público».

El decreto de aplicación de esa legislación, número 576-06, emitido 24 años más tarde por el presidente Leonel Fernández, ordenó las mismas obligaciones legales a las obras nuevas y a las que consistían en «ampliación, modificación, reforma o rehabilitación de edificaciones que alteren su configuración arquitectónica o su cambio de uso».

«Para construir, reconstruir, ampliar o de cualquier manera alterar un edificio u otra estructura privada, el propietario o el director del proyecto solicitará a la Secretaria de Estado de Obras Publicas y Comunicaciones (SEOPC) la correspondiente licencia de construcción, para lo cual se someterán los documentos y planos del proyecto…», indica el artículo 2.2.

Danilo Medina lo actualizó con la orden ejecutiva 232-17, que conservó los mismos requerimientos para las construcciones privadas.

En el año 1987, el presidente Joaquín Balaguer creó la Oficina Coordinadora y Fiscalizadora de las Obras del Estado, que terminó siendo la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE).

La OISOE estaba a cargo de inspeccionar y, más que eso, construir las infraestructuras de interés del Poder Ejecutivo, en una duplicidad de funciones con el MOPC.

El presidente Luis Abinader la eliminó e impulsó la aprobación de la Ley 160-21 para crear el MIVED y transferirle el rol de «emitir las licencias para la construcción de edificaciones públicas y privadas» y «supervisar los trabajos de construcción de viviendas y edificaciones».

El nuevo ministerio trajo la novedad de que este trabajo se podría delegar a inspectores privados. La Dirección de Fiscalización está a cargo de dar seguimiento a esas edificaciones.

Los constructores pueden elegir a voluntad a la persona o empresa que quiere para supervisarlos de una lista con 59 nombres publicada en el sitio web del MIVED, y luego comunicarlo vía correo electrónico, junto con sus licencias y permisos reglamentarios.

Este ente privado se presenta en el lugar del proyecto para llenar un formulario en el que notifica al MIVED del trabajo realizado.

La Dirección de Fiscalización está a cargo de dar seguimiento a esos eventos. Fue creada por el mandatario en el Decreto 236-22 con la misión de «velar por el fiel cumplimiento de los procesos constructivos, cubicaciones y financiamiento de obras de vivienda y edificaciones». La Ley 176-07 atribuye a los ayuntamientos el rol de autorizar uso de suelo y emitir «licencias de apertura de establecimientos fabriles, industriales, comerciales…»

El Decreto 316-06 encargó a los bomberos hacer inspecciones sobre «las condiciones de seguridad en espacios públicos comerciales o privados de uso público.»

El artículo 126 establece que en cada ayuntamiento habrá una oficina de planeamiento urbano, cuyo objetivo central es, entre otros, regular y gestionar el planeamiento urbanístico, uso de suelo y edificación en las áreas urbanas y rurales.

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