Llueven en fiscalías denuncias violencia de género

Durante el recogimiento por Semana Santa en la República Dominicana se registraron hechos violentos en los que perdieron la vida varias mujeres a manos de sus ex parejas.

Algunas de las víctimas habían reportado su situación a las autoridades, que emitieron en algunos casos, órdenes de alejamiento que nunca se cumplieron.

Entre los meses enero y fe­brero de este año fueron presentadas, en las dife­rentes fiscalías dominica­nas, un total de 6,333 de­nuncias sobre violencia de género e intrafamiliar, 2,644 físicas, 3,612 verba­les y psicológicas y 77 pa­trimoniales.

Las denuncias fueron pre­sentadas en las Unidades de Atención Integral a la Violencia de Género, Intra­familiar y Delitos Sexuales del Ministerio Público a escala nacional, según un reporte de la Dirección de Análisis y Estadística de la Procuraduría General de la República.

Mientras, en enero de es­te año fueron presentadas 471 denuncias por delitos sexuales, 166 de agresión sexual, 110 de violencia sexual, 36 de acoso sexual, 113 sobre seducción de menores, 38 por incesto y 8 sobre exhibicionismo.

Igualmente, fueron emi­tidas 21 órdenes de pro­tección a favor del mismo número de víctimas que presentaron denuncias por violencia de género e intra­familiar y delitos sexuales.

El procedimiento
Tan pronto una ciudadana pone una denuncia, el Mi­nisterio Público emite una orden de protección a favor de la víctima, a fin de que el agresor no se le acerque, ni visite los lugares que ella frecuenta.

La Ley 24-97 sobre protec­ción de la víctima de violen­cia intrafamiliar establece, en su artículo 309-4, la or­den de protección a favor de la víctima de violencia, la cual no es exclusiva para el bien de la mujer, sino que esta puede ser formulada en provecho de un hombre agredido por su pareja.

La Ley 24-97 sobre violen­cia intrafamiliar y la propia Constitución de la Repúbli­ca le ponen freno al agresor, quien sabe que no se pue­de acercar a esa mujer, ac­ceder a los lugares que ella frecuenta, molestarla o inti­midarla a través de ninguna red social.

Pena mayor
La referida ley sobre vio­lencia intrafamiliar esta­blece en uno de sus artí­culos que aumenta a diez años de reclusión la pena a aquellos que resulten cul­pables de violencia cuando haya violado órdenes de protección.

La declaración de la ONU sobre la eliminación de la violencia contra la mu­jer dice que “Todo acto de violencia basado en el gé­nero que tiene como re­sultado posible o real un daño físico, sexual o psico­lógico, incluidas las ame­nazas, la coerción o la pri­vación arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o en la vida privada”.

Botón volver arriba