Procuradora instruye entregar carpeta acusación a Donald Guerrero

Yeni Berenice pone obstáculos a disposición

La directora nacional de persecución del Ministerio Público, Yeni Berenice Reynoso no quiere que el ex ministro de Hacienda, Donald Guerrero, se entere de los elementos de la investigación a la que es sometido, contrariando una disposición de la procuradora general, Miriam Germán Brito.

Berenice ha pedido a la procuradora que modifique la instrucción que le dio para que permita el acceso al exministro de Hacienda, Donald Guerrero, a la “carpeta fiscal” sobre la investigación en curso contra el exfuncionario, porque todavía está bajo “reserva total”.

Donald Guerrero, ex ministro de Hacienda, sale de la Procuraduría luego de un interrogatorio.

Reynoso plantea que “abrir de manera total la carpeta fiscal en esta etapa del proceso pone en riesgo la investigación”, precisando que por las actuales imputaciones, las cuales no especifica, Guerrero no ha sido citado ni se le ha impuesto ninguna medida de coerción.

Advierte que esa decisión serviría como jurisprudencia del Ministerio Público y pondría en riesgo decenas de investigaciones en contra del crimen organizado en caso como narcotráfico, lavado de activos, trata y tráfico de personas y criminalidad organizada.

En una solicitud de reconsideración, tramitada el 25 de abril, Berenice respondió a la instrucción que le dio Germán Brito, el 18 de marzo.

La directora de Persecución del Ministerio Público planteó a la procuradora  que reconsidere la disposición, a fin de que solo estén en la obligación de dar acceso a Donald Guerrero de aquellas diligencias que lo tocan y que son de carácter público, como las que se evidencian en la acusación del caso Antipulpo.

Miriam Germán Brito, procuradora general de la República

En la instrucción dada a Berenice el 18 de marzo del 2022, la procuradora Germàn Brito argumentó que el imputado tiene derecho a ser enterado de las informaciones recabadas durante la investigación, desde el momento en que se solicita la aplicación de una medida de coerción, en virtud de los artículos 95 y 260 del Código Procesal Penal.

Expone que la citación del imputado para declarar ante el Ministerio Público constituye una medida de coerción, conforme a lo establecido en el artículo 223 del Código Procesal Penal.

Subraya que el Ministerio Público está en la obligación de responder a la solicitud de acceso a la carpeta fiscal de aquel investigado que ha comparecido ante él en cumplimiento de una citación. La Procuradora se basa en disposiciones constitucionales, del Código Procesal Penal y en la ley orgánica del Ministerio Público.

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