Procuraduría no deja caer el caso de Quirinito

Corte lo declara en rebeldía

El caso de Quirinito, uno de los escándalos más alarmantes del desorden el sistema judicial dominicano, continuará abierto al ser declarado en rebeldía el narco-sicario por la Corte de Apelación de San Francisco de Macorís, ciudad donde fingió su muerte, hace seis años, para evadir sus crímenes.

El Ministerio Público ha informado en la audiencia en la que se conoció la solicitud de declaración en rebeldía de Pedro Alejandro Castillo Paniagua estuvo representado por los fiscales Eduardo Joel Velázquez Muñoz y José  Ambioris Toribio Reyes.

Quirinito cumplía una condena de 30 años de prisión, la cual fue reducida luego a 20, por el asesinato, en 2008, del ciudadano español Gustavo Adolfo Cervantes (Waikikí), a quien acribilló a tiros en la sala de su residencia en San Cristóbal delante de su esposa y una niña.

Su fuga se produjo mientras cumplía prisión domiciliaria en San Francisco de Macorís, luego de ser favorecido con un envío a cumplir condena en su residencia bajo el alegato de que padecía de un carcinoma en la lengua, la enfermedad por la que se alegó falleció.

Por el caso se suspendió a los jueces Willys de Jesús Núñez y Aleyda Jiménez Acosta. El primero por ordenar el traslado de Quirinito del Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo al CCR de San Francisco de Macorís, y la segunda por disponer la prisión domiciliaria en virtud de que tenía, según la solicitud, un cáncer de lengua en fase terminal.

Ambos magistrados fueron restituidos en el cargo, pero el Poder Judicial aseguró que la investigación contra ellos continuaba.

Asimismo, se suspendió a Felipe de Jesús Restituyo Santos y José Calasanz Morel, procurador general de Corte de Apelación y titular de la Procuraduría Regional de San Francisco de Macorís, quienes también fueron reintegrados a sus funciones.

La jueza Aleyda Jiménez, suspendida por el Caso Quirinito.

La procuraduría general de la República aseguró que bajo ninguna circunstancia se puede permitir que el proceso seguido a Quirinito prescriba, razón por la que pidió la rebeldía para suspender la prescripción en virtud de las disposiciones de los artículos 47 y 100 del Código Procesal Penal.

La rebeldía implica que los procesos que tiene abiertos Quirinito en la actualidad tienen los plazos suspendidos y, en consecuencia, no podrán prescribir sin importar el tiempo que dure prófugo hasta que se produzca su captura, explica la Procuraduría General.

La Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Francisco de Macorís que declaró en rebeldía al sentenciado estuvo conformada por los jueces Melkis Antigua, Andrés Reynoso Santana y Ramón Isidro Gil Guzmán.

La decisión, amparada que el artículo 100 del Código Procesal Penal, ordena “el arresto del imputado Pedro Alejandro Castillo Paniagua”, así como la “publicación de sus datos personales en los medios de comunicación para su búsqueda y arresto, y la conservación de los medios probatorios que conforman el proceso para un eventual juicio”.

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