Proyecto del Ejecutivo amenaza libertades

Desde las esferas del gobierno se siguen promoviendo proyectos de ley que constituyen amenazas para la libertad de expresión.

El más reciente de ellos es el de la  ciberdelin­cuencia remitido al Con­greso Nacional por el presidente Luis Abinader, que po­dría sancionar a un ciu­dadano con hasta cuatro años de prisión por publi­caciones que se consideren discriminatorias

Al menos, esto en lo que es­tipula el artículo 17 de esta pieza legislativa, en la que se indica que aquellos sean de­clarados culpables de haber usado un sistema de infor­mación para difundir alguna cuestión de carácter discri­minatorio por ideología, color de piel, etnia, nacio­nalidad, religión, género u orientación sexual, en­frentaría una pena desde tres meses a cuatro años de cárcel.

También, el proyecto de ley establece una mul­ta equivalente a desde los 200 a 500 salarios míni­mos del sector público.

Proveedores de servicios
Igualmente, este artículo contiene otro párrafo en el que se señala los proveedo­res de servicios, a través de los que fue difundido el ma­terial discriminatorio, ten­drán 24 horas para eliminar las referidas publicaciones. En caso de que no se cumpla con esto, preci­sa, serían multados con 200 salarios mínimos.

¿Qué son los sistemas de infomación?
Son aquellos dispositivos que sirvan para generar, enviar, recibir, archivar o procesar información, do­cumentos digitales y men­sajes de datos.

A continua­ción, el artículo inédito:

“Artículo 17. Discrimina­ción. El que, a través de un sistema de información, di­fundir o poner a disposición material y publicaciones de carácter discriminato­rio por ideología, raza, co­lor, ascendencia u origen nacional o étnico, de gé­nero, orientación sexual y religión será sanciona­do con la pena de tres me­ses a cuatro años de prisión y multa de doscientas a qui­nientas veces el salario mí­nimo del sector público.

Párrafo. Los proveedores de servicios deberán eliminar en un plazo de veinticuatro horas el material y publica­ciones de carácter discrimi­natorio que se les haya noti­ficado .En caso de no cumplir con la orden de eliminar dicho contenido podrán sanciona­dos con multas de doscien­tas veces el salario mínimo del sector público”.

Injuria y difamación

La pieza legislativa abar­ca delitos como la difama­ción y la injuria, en caso de que se cometan mediante un sistema de información. Para la difamación la pena de prisión oscilaría entre dos a cinco años, con una multa entre 200 y 500 sala­rios mínimos, mientras que la injuria sería castigada con esa misma multa, pe­ro sin tiempo encarcelado. Sin embargo, en ambos, la persecución del delito de difamación se promoverá a través de acción pública a instancia privada, o acción penal privada.

También en el Congreso Nacional se está debatiendo un proyecto de ley sobre la publicidad en los medios que está siendo rebatido por la sociedad civil y periodistas que entienden que constituye una limitación de derechos.

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