Salud Pública reitera prohibición de fumar en hospitales

Ministro de Salud Pública, Daniel Rivera.

El Ministerio de Salud Pública reiteró la disposición que prohíbe fumar en los centros de salud públicos y privados, incluyendo el denominado “vapeo” (inhalar el vapor creado por un cigarrillo electrónico u otro dispositivo) por considerarla una práctica igualmente dañina a la salud.

La decisión del organismo rector del sistema de salud dominicano se hizo mediante la resolución 000066, que actualiza la 000018 de mayo del 2015, que declara lugares libres de humo a todos los establecimientos de salud públicos y privados del país.

El doctor Daniel Rivera, ministro de Salud Pública, indicó que el tabaquismo representa un factor de riesgo para diversas enfermedades y las personas que están expuestas al humo del tabaco, aunque no sean fumadoras, corren igual riesgo.

Dijo que por tanto “los hospitales y otros centros de salud son los lugares menos idóneos para fumar porque las personas demandan servicios de salud y si se exponen al tabaco puede agudizar más su padecimiento”.

Así mismo, expresó que el “vapeo” está siendo utilizado como un instrumento que no afecta la salud, ignorando que puede contribuir a aumentar el asma, las rinitis alérgicas y las afecciones bronquiales, por tal motivo es necesario dar a conocer también conjuntamente con la resolución 000066 la Ley General de Salud 42-01.

La resolución, además de la Ley General de Salud 42-01, está basada en lo que establece la Ley 48-00, del 26 de julio de 2000, que prohíbe fumar en tres escenarios: lugares cerrados bajo techo de uso colectivo, vehículos públicos destinados a transporte de pasajeros y vuelos de transporte de pasajeros nacionales e internacionales.

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