Suprema Corte ratifica condena contra René Fortunato
Demandado por hijos poeta René del Risco
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia rechazó el recurso de casación incoado por el cineasta y René Fortunato contra la sentencia de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional que ratificó la indemnización por los daños y perjuicios causados a los herederos del poeta y publicista René del Risco Bermúdez por el uso no autorizado del título de su obra “Una primavera para el mundo”.
Fortunato utilizó la frase en su obra “Una primavera para el mundo: La Revolución Constitucionalista de 1965, álbum 50 aniversario”.
La sentencia le fue impuesta en primer grado por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional. Ese tribunal había acogido las demandas interpuestas por René Ernesto del Risco Bobea y Minerva del Risco Musa, hijos del autor del conocido poema.
En virtud de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia, la obra de Fortunato será incautada y este deberá publicar a su costa y en un periódico de circulación nacional el dispositivo de la decisión de primer grado. El fallo lo condenó además al pago de las costas del procedimiento en provecho de los representantes legales de los hermanos Del Risco.
Edwin Espinal Hernández, abogado de René Ernesto del Risco Bobea, y Jaime Ángeles, representante de Minerva del Risco Musa, resaltaron el interés de la sentencia, por valorar el uso no autorizado de un título individual y característico de una obra en otra análoga.
Los jueces apoderados consideraron que Fortunato no aportó prueba alguna que estableciera el necesario consentimiento que debía obtener para el uso del título de la obra literaria “Una primavera para el mundo”.
Fortunato presentó su libro, con una tirada de mil ejemplares, en julio de 2015, sin obtener la autorización de los herederos de René del Risco y sin hacer alusión a que el título escogido para ella correspondía a su obra análoga.