Entonces el Ministerio Público no era tan independiente…
Luego de proclamar hasta el cansancio que se tenía un Ministerio Público Independiente, el presidente Luis Abinader ahora plantea una modificación constitucional para hacer de esto una realidad.
Entre sus propuestas para un MP independiente, está la exclusión del procurador General de la República del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), quedando este integrado por el presidente de la República, presidentes del Senado y de la Cámara de Diputados, un senador que represente a la segunda mayoría, un diputado que represente a la segunda mayoría, el presidente de la Suprema Corte de Justicia y un juez de la Suprema, para que este sea elegido por el CNM a propuesta del presidente de la República.
En su propuesta, el procurador será elegido por un período de cuatro años, y antes de esa fecha solo podría ser removido por un juicio político.
Además, propone diferenciar la política del Estado contra la criminalidad de la investigación y la persecución penal correspondiente al Ministerio Público, para esto someterán una propuesta de una ley para crear el Ministerio de Justicia.
Como parte de esa iniciativa, el presidente Abinader buscará modificar el artículo 171 de la Constitución para agregar a los requisitos para ser Procurador General de la República que el aspirante a ocupar ese puesto debe de no haber ocupado cargo directivo en algún partido político, no haber sido candidato a algún cargo de elección popular ni haber realizado proselitismo político notorio y constante durante los últimos cinco años anteriores a su designación.
Los otros requisitos ya establecidos para ocupar la titularidad del Ministerio Público son ser dominicana o dominicano de nacimiento u origen y tener más de treinta y cinco años de edad; hallarse en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos; ser licenciado o doctor en derecho y haber ejercido durante por lo menos doce años la profesión de abogado, la docencia universitaria del derecho o haber desempeñado, por igual tiempo, las funciones de juez dentro del Poder Judicial o de representante del Ministerio Público, períodos que podrán acumularse.
En su propuesta de modificación constitucional, la figura del procurador General de la República deberá ser escogida por el Consejo Nacional de la Magistratura y los candidatos a esa posición serán propuestos por el presidente de turno en ese momento.