Se cayó el «bonche» para celebrar liberación del capo Yamil Abreu en Azua

Ex alcalde PRM ligado Cartel de Sinaloa no podrá salir de EU

El bonche para la celebración de la libertad condicional del narcotraficante dominicano Yamil Abreu Navarro, extraditado hace seis años hacia Estados Unidos cuyas autoridades lo vinculan con el Cartel de Sinalao, ha quedado en suspenso.

Sus familiares y amigos no se detuvieron a leer la sentencia que deja en libertad al ex exdirector de la Junta Municipal de Las Lagunas, en Azua, quien fue el hombre fuerte de las finanzas del oficialista Partido Revolucionario Moderno (PRM) para la Región Sur Central en los comicios del 2020.

Yamil recuperó su libertad en Estados Unidos tras permanecer cerca de seis años detenido por un proceso de narcotráfico.

Pero tiene prohibido viajar a República Dominicana bajo las condiciones actuales de su excarcelación y deberá someter sus operaciones bancarias y con criptomonedas a supervisión de las autoridades estadounidenses.

Lo estipula la orden emitida el 16 de octubre de 2026 por el juez Seth D. Eichenholtz, del Tribunal Federal del Distrito Este de Nueva York, que autorizó la libertad del exdirigente del Partido Revolucionario Moderno (PRM) mediante una fianza de 350,000 dólares, respaldada por dos fiadores.

La resolución, contenida en el expediente 20-CR-00007, dispone que Abreu Navarro deberá entregar cualquier pasaporte que posea a los servicios de supervisión previa al juicio y le prohíbe obtener nuevos documentos de viaje internacionales.

También limita sus desplazamientos a la ciudad de Nueva York y al estado de Nueva Jersey, con excepciones vinculadas a comparecencias judiciales y visitas a sus abogados.

Estas restricciones impiden, mientras permanezcan vigentes, que el exfuncionario regrese a territorio dominicano sin una modificación de las condiciones impuestas por el tribunal.

Entre las disposiciones figura la obligación de presentar mensualmente a los servicios de supervisión los estados de sus cuentas bancarias y de criptomonedas.

Además, no podrá efectuar transferencias superiores a 5,000 dólares sin autorización previa, con excepción de los pagos correspondientes a honorarios legales.

La orden también establece un mecanismo de monitoreo electrónico de ubicación, cuya tecnología será determinada por los servicios de supervisión. El documento contempla el seguimiento de sus movimientos, sin establecer expresamente un confinamiento domiciliario permanente.

Abreu Navarro deberá mantener una residencia aprobada por las autoridades, informar cualquier cambio de domicilio o número telefónico y comparecer cuando sea requerido.

Asimismo, tendrá prohibido mantener contacto con sus coacusados, salvo en presencia de sus abogados.

El acta de la audiencia confirma que Abreu Navarro compareció bajo custodia el 16 de octubre y obtuvo una fianza fijada en 350,000 dólares.

La documentación precisa que dos fiadores firmaron el compromiso económico y fueron informados de sus obligaciones ante el tribunal.

El formulario establece una fianza respaldada por los fiadores, pero no acredita que los 350,000 dólares fueran depositados en efectivo. 

Abreu Navarro fue arrestado en República Dominicana el 9 de junio de 2020 y extraditado a Estados Unidos el 8 de octubre de ese mismo año, luego de que el presidente Luis Abinader autorizara su entrega mediante el Decreto 414-20.

Según el Departamento de Justicia estadounidense, las investigaciones atribuyeron a esa estructura operaciones relacionadas con la importación y distribución de más de 79 kilogramos de heroína en Estados Unidos entre 2016 y 2017.

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